Regulación · Minerales Críticos

Litio en Chile: entre la oportunidad estratégica y la incertidumbre regulatoria

Por Javier Jara, Socio Fundador y Director General · Agosto 2026 · 7 min de lectura
Salar en el norte de Chile — producción de litio

Chile tiene las mayores reservas de litio del mundo y un régimen jurídico que impide concesionarlas. Esa tensión —recurso abundante, acceso restringido— define todo lo que un inversionista extranjero debe entender antes de sentarse a la mesa. No es un obstáculo insalvable: es una estructura, y las estructuras se navegan si se conocen.

La regla de base no ha cambiado desde 1979

El litio es, en Chile, un recurso no concesible bajo el Decreto Ley 2.886. Nadie puede pedir una concesión de litio como se pide una de cobre. Hay tres puertas de entrada, y solo tres:

La Estrategia Nacional del Litio de 2023 ordenó ese esquema en lugar de reemplazarlo: puso a las empresas estatales al frente de los salares considerados estratégicos, abrió el resto a procesos competitivos y proyectó una red de salares protegidos donde no habría explotación. Esa red todavía no está vigente, y es la pieza que más se ha movido desde entonces.

Lo que se cerró: la sociedad Codelco–SQM

La operación más relevante de la década ya pasó su etapa regulatoria. La asociación entre Codelco y SQM para operar el Salar de Atacama obtuvo las autorizaciones de competencia en múltiples jurisdicciones —Unión Europea, Brasil, Japón, Corea del Sur, Arabia Saudita y la Fiscalía Nacional Económica chilena— y en noviembre de 2025 recibió la aprobación condicional del regulador chino, la última de las grandes. La Comisión Chilena de Energía Nuclear, por su parte, autorizó a la filial de Codelco para extraer litio en el salar.

Los términos públicos comprometen un incremento del orden de 300.000 toneladas de carbonato de litio equivalente entre 2025 y 2030, y luego un rango de 280.000 a 300.000 toneladas anuales entre 2031 y 2060. Para el mercado, eso significa que la mayor fuente de oferta chilena queda definida por dos décadas y media. Para un inversionista que llega ahora, significa que el Salar de Atacama no es la oportunidad: la oportunidad está en los demás salares y en la cadena aguas abajo.

Qué cambió en 2026 y qué no

El gobierno que asumió el 11 de marzo de 2026 trajo un tono claramente pro inversión: unificó las carteras de Economía y Minería para coordinar crecimiento, permisos y política minera bajo un mismo mando, puso en marcha en enero de 2026 una oficina dedicada a acelerar las autorizaciones sectoriales no ambientales, y publicó en febrero una segunda edición de la guía para proyectos de litio en salares.

Lo que no cambió es el modelo. El litio sigue siendo no concesible —Decreto Ley 2.886 de 1979, Ley 18.097 y artículo 7 del Código de Minería—, las empresas estatales conservan su rol de conducción y los CEOL siguen otorgándose por decreto. La Estrategia Nacional del Litio tampoco ha sido derogada: los decretos CEOL dictados en 2026 la siguen invocando en sus considerandos. Un inversionista que lea el cambio de gobierno como una apertura del régimen se va a equivocar; uno que lo lea como una mejora en la ejecución administrativa va a acertar.

Lo que sí se movió es la red de salares protegidos, y conviene seguirla por los decretos y no por los anuncios. En noviembre de 2025 el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad aprobó crear seis áreas protegidas sobre diez salares y lagunas altoandinas de Atacama, y los decretos se firmaron en enero de 2026. El 12 de marzo de 2026 el Ministerio del Medio Ambiente los retiró de toma de razón, junto con otros treinta y siete decretos ambientales. Sin toma de razón un decreto no está vigente, y al 29 de julio de 2026 ninguno de los seis había vuelto a entrar. Para un proyecto eso significa que el perímetro de lo protegido es hoy una pregunta abierta, no un dato del mapa.

En los procesos CEOL simplificados se exige, entre otros requisitos, controlar al menos el 80% de las concesiones mineras del área solicitada y acreditar capacidad técnica y financiera. La consecuencia práctica es que la posición concesional se construye antes de postular, no después.

Los cuatro riesgos que hay que estructurar

  1. Riesgo de acceso. No basta con encontrar salmuera: hay que verificar la propiedad y vigencia de las concesiones del área, su continuidad territorial y qué protección pesa sobre el salar — que hoy, como se vio, es una respuesta con fecha.
  2. Riesgo hídrico. La salmuera y el agua dulce se regulan por vías distintas y ambas están tensionadas. Es, casi siempre, la variable que determina si un proyecto es viable.
  3. Riesgo de consulta y relacionamiento. Los salares del norte están habitados. La consulta indígena no es un trámite del final del proceso: es una condición del diseño desde el primer día.
  4. Riesgo político y de horizonte. Un CEOL es un contrato con el Estado que cruzará varios gobiernos. La estructuración societaria, la elección de jurisdicción y la cobertura de tratados de inversión son parte del análisis financiero, no una nota al pie legal.

Preguntas frecuentes

¿Se puede obtener una concesión de litio en Chile?

No. El litio sigue siendo un recurso no concesible bajo el Decreto Ley 2.886. El acceso ocurre por participación del Estado, por mandato a empresas estatales como Codelco o ENAMI, o mediante un Contrato Especial de Operación de Litio (CEOL).

¿Cambió la política de litio con el nuevo gobierno?

Cambió el tono, no el modelo. Desde marzo de 2026 el gobierno unificó las carteras de Economía y Minería y aceleró la tramitación de permisos, pero el litio sigue siendo no concesible y las empresas estatales conservan su rol. Lo que sí se movió es la red de salares protegidos: los seis decretos que la crearían fueron retirados de toma de razón en marzo de 2026 y no están vigentes.

¿Qué se exige para postular a un CEOL simplificado?

Entre otros requisitos, controlar al menos el 80% de las concesiones mineras del área solicitada y acreditar capacidad técnica y financiera para desarrollar el proyecto.

¿Evaluando una entrada al litio chileno?

Estribor Consulting Group acompaña a inversionistas extranjeros en due diligence concesional e hídrica, estructuración de CEOL y asociaciones, y relacionamiento con autoridades y comunidades.

Iniciar conversación

Fuentes: Decreto Ley 2.886; Estrategia Nacional del Litio, Ministerio de Minería; comunicaciones públicas sobre la asociación Codelco–SQM y sus aprobaciones regulatorias (2025–2026); informe de seguimiento de los decretos ambientales retirados de toma de razón (FIMA, actualizado al 29 de julio de 2026); análisis del régimen de litio bajo la actual administración. Última revisión: octubre de 2026. Este artículo es información general, no asesoría legal.